GUARANÍ BOLIVIA: La Justicia Indígena guaraní y la Justicia Ordinaria buscan consolidar mecanismo de coordinación y cooperación.
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Autoridades guaraní y autoridades de la Justicia Ordinaria en asamblea, Capitanía Takovo Mora, Santa Cruz. (FOTO: Celso Padilla) |
Por: jacintoaceri@yahoo.com.ar (CCNAGUA COMUNICACIÓN
INTERNACIONAL)
En el marco de la asamblea departamental
llevada a cabo el sábado 16 de marzo, en la Capitanía Takovo Mora, del
Departamento de Santa Cruz, entre las máximas autoridades de la Nación Guaraní
y las máximas autoridades de la Justicia Ordinaria de Bolivia, se lograron
importantes avances para consolidar los mecanismos de coordinación y cooperación
para ejercer la Justicia Indígena en todos las comunidades y capitanías guaraní.
Previo a las definiciones de
propuestas de cooperación y coordinación entre ambas justicias se dio lugar a
las exposiciones de los antecedentes y experiencias en la aplicación de la
justicia comunitaria en territorio guaraní, en este sentido, expusieron los miembros
del Consejo de Justicia de la Capitanía Gran Kaipependi Karovaicho, lugar donde
se vienen aplicando este mecanismo. De la misma manera, se tuvo como referencia
la experiencia de la comunidad Itanambikua, en el municipio de Camiri, donde los valores, principios y
espiritualidad se mantienen aún intactas, debido al ejercicio y aplicación de
la justicia comunitaria.
Por otro lado, la Capitanía de
Takovo Mora, a través de sus principales autoridades realizaron una ponencia en
el que propusieron el modo para el ejercicio y aplicación de la Justicia
Indígena, sin la intervención de la Justicia Ordinaria en los casos que no les
compete. Esta Capitanía, además, se encuentra en pleno proceso de conformación
del Consejo de Justicia Indígena Guaraní para su jurisdicción, ya que se vienen
dando casos que fueron absorbidos por la Justicia Ordinaria y por el que hasta
el momento se encuentran detenidos arbitrariamente varias autoridades guaraníes
en la cárcel de Palmzola, en Santa Cruz de la Sierra.
Por sus partes, representantes de
la Fiscalía General realizaron sus ponencias y expusieron los aspectos que se
deben tener en cuenta para favorecer la cooperación y coordinación entre ambas
justicias en todos los niveles; mientras tanto, el representante del Ministerio
Público del Departamento de Santa Cruz expuso cuáles serían las competencias
como Ministerio en el ejercicio de estas jurisdicciones.
Finalmente, las principales
autoridades guaraníes compuestos por el presidente de la APG, Justino Zambrana,
Concejero Ejecutivo del CCNAGUA BOLIVIA, Celso Padilla, miembros de los
concejos de capitanes y autoridades comunitarias, plantearon a las autoridades
de la Justicia Ordinaria que se proceda inmediatamente a rever los casos que competen
a la justicia Agro Ambiental, los cuales fueron absorbidos como casos penales en
la Justicia Ordinaria, indicándoles que es un claro ejemplo de que tienen
procesos y procedimientos equivocados. Este tema es de mayor preocupación para
las autoridades de las diferentes capitanías debido a que hay una constante
usurpación territorial por parte de extranjeros paraguayos, brasileros, españoles
y alemanes.
Las principales conclusiones para el mecanismo de cooperación y
coordinación entre la Justicia Indígena y la Justicia Ordinaria
1) La Justicia Ordinaria, la
Justicia Agro Ambiental, la Justicia Especial y sus autoridades deben respetar
la estructura orgánica de la Justicia Indígena y a sus autoridades.
2) Los jueces, fiscales, policías
y militares deben ser capacitados en los principios, valores y espirituales de
la Nación Guaraní para respetar los Derechos establecidos en la Constitución
Nacional sobre los pueblos indígenas.
3) Efectuar el intercambio de
experiencias entre la Justicia Indígena y la Justicia Ordinaria, Agro Ambiental
y Especial.
4) La Nación Guaraní procederá a consolidar
la creación de los Consejos de Justicia Indígena en todos los niveles orgánicos
(comunitaria, zonal, provincial, departamental, nacional e internacional).
5) Implementar como asignatura en
todos los establecimientos educativos (colegios, institutos, universidades) la
Justicia Indígena Originaria.
6) Se prohibido la intervención
de la policía y del Ministerio Público en los casos que competen a la
jurisdicción de la Justicia Indígena, solo podrán intervenir con la solicitud
de las autoridades comunales, zonales, departamentales y nacionales. Los
delitos como violaciones, asesinatos, feminicidios, narcotráficos, homicidios,
suicidios, infanticidios, serán casos en el que podrán intervenir ambas
jurisdicciones. Para estos casos se solicitará la cooperación de los peritos
dispuestos por la Justicia Indígena guaraní, además de los intérpretes y
traductores. Todos los casos deben tener un inmediato tratamiento y no debe ser
retardado bajo ninguna circunstancia.
8) Atender de manera inmediata
los casos pendientes que no fueron resueltos a la fecha en las capitanías (Capitanía
Takovo Mora, Zona Cruz, Chargua Norte, Kaami, Bajo Isoso, Kaaguasu, Gran
Kaipependi Karovaicho).
9) Los fiscales y jueces que
hayan procedido a imponer un proceso inadecuado de manera intencional deben ser
destituido de sus cargos y procesados por no cumplir con las normativas
nacionales e internacionales.
10) El 27 de marzo se procederá a
elaborará el convenio para establecer este mecanismo de cooperación y
coordinación entre las Justicia Indígena, la Justicia Ordinaria, la Justicia
Agro Ambiental y la Justicia Especial en la ciudad de Camiri.
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